Kit Digital

¿Cómo se pide el Kit Digital?

Las pymes y autónomos deberán solicitar su Bono del Kit Digital a través de un solicitante, representante legal o representante voluntario autorizado únicamente a través del formulario automatizado que encontrarán habilitado en la Sede Electrónica de Red.es.

Este formulario también será accesible desde el portal Acelera Pyme e incluirá:
• NIF del solicitante.
• Nombre de la persona física o razón social de la persona jurídica.
• Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
• Teléfono y datos de contacto.
• En su caso, autorización del representante voluntario.

Los representantes voluntarios deberán aportar junto a la solicitud una autorización de representación voluntaria. Podrán descargarla en la Sede Electrónica de Red.es. Cada representante voluntario podrá presentar un máximo de 500 solicitudes al día. Si hubiese algún error en la solicitud, el Órgano Instructor requerirá la subsanación del mismo mediante notificación electrónica y las pymes y autónomos tendrán un plazo de 10 días hábiles para solventarlo. Recordar que como paso previo a la solicitud de las ayudas para mejorar la transformación digital, se realizará un test de autodiagnóstico al que podrán acceder todas las pymes para conocer cómo es el estado de digitalización de la misma y descubrir en qué aspectos debe mejorar. Este test se realizará en la plataforma Acelera Pyme.

Kit Digital

Kit Digital para empresas Segmento I, II y III

Según el número de empleados y la categoría de la empresa, las compañías beneficiarias se clasifican en:

  • Pequeñas empresas de entre 10 y 49 empleados (Segmento I).
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y 9 empleados (Segmento II).
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y 2 empleados (Segmento III).

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Kit Digital para empresas Segmento I, II y III

Según el número de empleados y la categoría de la empresa, las compañías beneficiarias se clasifican en:

  • Pequeñas empresas de entre 10 y 49 empleados (Segmento I).
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y 9 empleados (Segmento II).
  • Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y 2 empleados (Segmento III).

Kit Digital

¿Cómo mido la plantilla de mi empresa para saber en qué Segmento estoy del Kit Digital

Para el cálculo del número de trabajadores debes de tener en cuenta los días y las horas cotizadas durante todo el año 2021.

Un trabajador a media jornada cuenta como medio trabajador.

Es fundamental que calcules de forma correcta el número de trabajadores de tu empresa para saber en qué Segmento te encuentras y optar al Bono Digital.

Si quieres calcular el número de trabajadores deberás acceder a la web de la Seguridad Social y entrar dentro de la sección Sistema RED.

Ahí podrás visualizar ‘Informe plantilla media de trabajadores en alta’ y obtendrás todos los datos sobre la plantilla media de tus trabajadores en un determinado período.

Kit Digital

¿Qué requisitos tienen que cumplir las empresas del Segmento I para beneficiarse del Kit Digital?

Ser pequeñas empresas o trabajadores autónomos con domicilio fiscal ubicado en territorio español.

  • Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa.
  • Estar inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Si se ha realizado un cambio del Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Administración Tributaria y viceversa, se tendrá en consideración el período que haya permanecido inscrito en ambos.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • La compañía no puede estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas de mínimos.
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.

No podrán ser beneficiarias del Bono Digital:
• Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación de soluciones de digitalización.
• Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
• Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

Kit Digital

¿Qué requisitos tienen que cumplir las empresas del Segmento I para beneficiarse del Kit Digital?

Ser pequeñas empresas o trabajadores autónomos con domicilio fiscal ubicado en territorio español.

  • Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa.
  • Estar inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Si se ha realizado un cambio del Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Administración Tributaria y viceversa, se tendrá en consideración el período que haya permanecido inscrito en ambos.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • La compañía no puede estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas de mínimos.
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.

No podrán ser beneficiarias del Bono Digital:
• Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación de soluciones de digitalización.
• Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
• Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

Kit Digital

¿Cuándo podrán beneficiarse las empresas del Bono Digital?

Para ejercer el derecho de cobro de la subvención del Kit Digital, la empresa beneficiaria tendrá que seleccionar y contratar la solución digitalizadora que más se adapte a sus necesidades.

Después, tendrán que formalizar un Acuerdo de Prestación.

El plazo máximo para formalizar el Acuerdo de Prestación será de 6 meses desde que se notifique la resolución de concesión de la ayuda.
La empresa podrá formalizar acuerdos de prestación hasta agotar el importe total de la subvención concedida.

¿A qué tipo de soluciones podrán destinarse las ayudas del Kit Digital?

El Bono Digital podrá destinarse para adoptar soluciones de digitalización que permitan sustituir las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional.
Por tanto, las soluciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Debe ser una solución totalmente nueva.
• La solución que se sustituye no puede conllevar el progreso o enriquecimiento de servicios y funcionalidades de la solución existente.

Kit Digital

¿Cómo se concede el Bono Digital?

El Bono del Kit Digital se concede de forma directa y siguiendo el criterio de orden de presentación de solicitudes.

Las resoluciones se notificarán a través de la Sede Electrónica de Red.es y también se informará de manera individual a los beneficiarios.

¿Cuándo pueden las pymes y autónomos cobrar el Bono Digital?

El Bono Digital se cobrará una vez que se justifique la solución digitalizadora implantada.

Para ello, la pyme o el autónomo beneficiario tendrá que contratar una de las soluciones digitales que puede encontrar en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa.

Una vez que decide qué solución desea contratar, deberá formalizar la propuesta de Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización disponible en la Sede Electrónica de Red.es.

El plazo máximo para la formalización de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización será de 6 meses, desde la notificación de la Resolución de concesión de la ayuda.

En los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización correspondientes a sustituciones de soluciones ya adoptadas por el beneficiario, se detallarán las mejoras funcionales de la solución con respecto a la adoptada previamente por el beneficiario.

Después, el agente digitalizador tendrá que justificar, en nombre del beneficiario, aportando justificantes de gasto que especifiquen en qué se ha empleado el Bono Digital.

Esta justificación se realizará a través de un formulario electrónico que estará disponible en la Sede Electrónica de Red.es (accesible desde la Plataforma Acelera Pyme).

El programa Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España gestionada por Red.es https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital ,nace para apoyar e impulsar la digitalización pymes y autónomos del territorio español con el fin de que puedan acceder a nuevos mercados y desarrollar su potencial.

Si eres una pequeña o mediana empresa o un autónomo y necesitas mejorar la digitalización y las habilidades digitales de tus empleados, esta es una gran oportunidad para acelerar e innovar en tu propuesta empresarial.

A continuación, te damos respuesta a algunas de las preguntas más frecuentes que se nos presentan.

¿Sigues teniendo alguna duda? Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos.

Kit Digital

El plazo máximo de presentación de la justificación será de 3 meses desde que finaliza la prestación de los servicios.

El pago de las ayudas se realizará en 2 fases:
• En la primera fase los pagos tendrán la consideración de pagos a cuenta. Para percibir este pago, el beneficiario tendrá que estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
• Si el beneficiario no cumple con los requisitos, deberá asumir la obligación de pago al Agente Digitalizador Adherido con los costes incurridos.

¿Cuáles son las categorías incluidas en el catálogo de servicios para impulsar la transformación digital?

El catálogo de soluciones de digitalización del programa es accesible desde la plataforma Acelera pyme.

Todas las categorías de soluciones de digitalización exigirán a las soluciones de digitalización la prestación de un servicio de soporte ante incidencias con un plazo de resolución de menos de 24 horas, que podrá realizarse de forma remota.

Además, los agentes digitalizadores tendrán que impartir la formación necesaria que permita a los beneficiarios adquirir conocimientos básicos para su uso inicial.

Presencia en Internet y sitio web

En esta categoría se incluyen las soluciones que enseñan cómo crear una página web para la pyme con el fin de dar visibilidad a los productos que ofrece en Internet y alcanzar a mayor número de usuarios.

Comercio electrónico

El fin es crear una tienda online de compraventa de productos y/o servicios.

Gestión de redes sociales

Para promocionar la pyme en Instagram, Facebook, LinkedIn, etc.

Gestión de clientes y/o proveedores

El objetivo es mejorar y conseguir una evolución positiva de la gestión de las relaciones comerciales con los clientes.

Business Intelligence y analítica

Para mejorar la toma de decisiones de la pyme.

Servicios y herramientas de oficina virtual

Con el fin de establecer medidas interactivas para que la comunicación y colaboración entre los empleados sea más sencilla y eficiente.

Gestión de procesos

Para automatizar aspectos relacionados con la pyme.

Factura electrónica

Para agilizar el ritmo de emisión de facturas utilizando programas informáticos con opciones avanzadas que permitan a los trabajadores aumentar la productividad.

Comunicaciones seguras

Esta categoría tiene como fin afianzar la seguridad en los dispositivos de los trabajadores de la pyme.

Ciberseguridad

Para garantizar un uso seguro y fiable de los dispositivos electrónicos y evitar posibles hackeos y robos de información confidencial.