Ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de productos agroalimentarios.

Plazo de solicitud: Desde el  18 de abril de 2026 hasta el 18 de mayo de 2026.   BDNS: 898612  Enlace: Acceso

Procedimiento de solicitud: El Ministerio de Agricultura, Pesca y alimentación

Objeto:

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico, a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de productos agroalimentarios en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.

Quien lo puede solicitar:

  • Entidades a las que se refiere el artículo 4 del Real Decreto 1219/2024, de 3 de diciembre, que cumplan los requisitos establecidos en dicho artículo: entidades asociativas prioritarias y entidades mercantiles participadas mayoritariamente (más del 50 por cien del capital social) por una o varias Entidades Asociativas Prioritarias.

Ayudas:

  • El límite de ayuda máximo por proyecto de inversión es de 5.000.000 euros.

Periodo subvencionable de los proyectos de inversión.

  • El periodo subvencionable de los gastos comprenderá desde la presentación de la solicitud de ayuda o, en su caso, desde el levantamiento del acta de no inicio, hasta el 1 de septiembre de 2027, teniendo por tanto los proyectos un único periodo de
    ejecución.

 

Más entradas